Privilegio signado de Alfonso IX concediendo al concejo de León todos los realengos de las villas y alfoces de Ardón, Villar, Alba, Bernesga, Torío y Sobarriba para que sean perpetuamente del alfoz de la ciudad.

Información del documento:

  • Título: Privilegio signado de Alfonso IX concediendo al concejo de León todos los realengos de las villas y alfoces de Ardón, Villar, Alba, Bernesga, Torío y Sobarriba para que sean perpetuamente del alfoz de la ciudad.
  • Fecha: Rabanal, 28 de abril de 1219
  • Volumen: 1 hoja, 465 x 470 mm. Pergamino. Restos de hilos de seda
  • Tipo de letra: Latín, escritura minúscula diplomática
  • Archivo de procedencia y signatura: Archivo Municipal de León, caja 11, 1A

Alfonso IX concede al concejo de León todo el realengo de las villas y alfoces de Arcón, Villar, Alba, Bernesga, Torío y Sobarriba, para que sean perpetuamente del alfoz de la ciudad.

El privilegio signado de Alfonso IX pertenece al grupo de los cuatro diplomas más solemnes de la cancillería real conservados el Archivo Histórico municipal de León. Fueron otorgados respectivamente por Alfonso IX de León-“privilegio signado”, en rigor, pues carece de rueda, Fernando III, Sancho IV y Pedro I. Se trata del documento más antiguo del Archivo.

Los privilegios signados y rodados fueron los documentos de mayor solemnidad expedidos por las reales cancillerías de León y Castilla durante la Edad Media. Sus antecesores fueron los privilegios simples utilizados por los reyes asturleoneses desde la época de la Reconquista.

El contenido de estos relevantes documentos se refería a mercedes, donaciones o concesiones otorgadas por el monarca a otras instituciones. En este caso, en el privilegio signado de Alfonso IX se observa la concesión de realengos, villas y alfoces. La solemnidad del documento no solo venia dada por su contenido jurídico sino por su forma diplomática. El soporte del documento es en pergamino y la lengua es el latín, sin embargo, a partir del siglo XIII se generalizó el uso del romance. Destacan en este documento:

- El crismón: es el anagrama formado por la superposición de las dos primeras letras del nombre de Jesucristo en griego.

- Signum regis: es el signo real. La imagen del León indica la representación de la ciudad y del Reino.

- Lista de confirmantes: Es un elemento de validación junto con las firmas y sellos. Estaba representado por las autoridades civiles y eclesiásticas de más rango.

El reinado de Alfonso IX de León (1188-1230) tiene extrema relevancia para León y para España en general pues gracias a este monarca se implanta un modelo de gobierno y de administración original en el marco de las instituciones españolas medievales, en las que la plebe participa por primera vez, tomando decisiones del más alto nivel, junto con el rey, la iglesia y la nobleza, a través de representantes elegidos de pueblos y ciudades.

La integración de representantes populares en las decisiones del gobierno hace que la ciudad de León tenga el reconocimiento del sistema parlamentario europeo más antiguo tal y como reconoce la Unesco

 

 

La Edad Media. Documentos en exposición:

35,10,0,50,1
25,600,60,0,3000,5000,25,800
90,150,1,50,12,30,50,1,70,12,1,50,1,1,1,5000
0,2,1,0,2,40,15,5,2,1,0,20,0,1
Fuero de Soria
Documento 1
Documento 1
Alfonso VI de León concede al monasterio de san Roberto de Casa Dei, en la persona de san Lesmes, el monasterio de san Juan Bautista, en las proximidades de la ciudad de Burgos
Documento 2
Documento 2
Privilegio signado de Alfonso IX de León concediendo al concejo de León todos los realengos de las villas y alfoces de Ardón, Alba, Bernesga, Torío y Sobarriba para que sean perpetuamente del alfoz de la ciudad.
Documento 3
Documento 3
Torah de la sinagoga de Ágreda
Documento 4
Documento 4
Confirmación de Enrique III de Castilla del privilegio otorgado por Alfonso VII en 1123 por el que se concedían diversas exenciones a los vecinos de Briviesca
Documento 5
Documento 5
Carta de privilegio y confirmación de Juan II de Castilla ratificando la exención de todo pecho y moneda forera a todos los vecinos y moradores de la ciudad y sus arrabales, haciéndolo también extensible a los judíos y mudéjares de la misma
Documento 6
Documento 6

 

 

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